III Encuentro Naturista del Sur de Europa
FEN - AAPNT - FNI
Mesa de debate: "del Escándalo Público a la Libertad Naturista"
Ponentes:
Ismael Rodrigo, Presidente FEN
Quim Plana, Vice FEN, Pres. CCN
Jaume d'Urguell, DD HH
Javier I. Rodriguez, Derecho Penal
Jordi Jimenez, Mando policial
Intervención de Jaume d'Urgell, Presidente de la Fundación Internacional de Derechos Humanos:
Buenos días, antes de nada, por centrar la cuestión y para refrescar la memoria, me gustaría dar lectura a algunos de los artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se trata de un documento breve, que como sabemos cuenta con solo 30 artículos y que fue aprobado por las Naciones Unidas en 1948, y de ese documento breve, voy a leer solo unas pocas líneas:
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19. Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 26. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
Artículo 30. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Un problema recurrente cuando se trata de debatir sobre Derechos Humanos es la confrontación de legitimidades entre quienes defienden posiciones abiertamente contrapuestas, escudándose —o en relación— a la interpretación de algunos de los artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.