Absuelto de exhibicionismo el nudista francés que se pasea por San Sebastián

Según se indica en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián, a la que ha tenido acceso Efe, no se ha logrado acreditar en ningún caso que este ciudadano, conocido como «Irwin», «desplegara en la vía pública una actitud de manifiesta, patente e indiscutible provocación sexual».

La magistrada considera probado que en la tarde del 15 de mayo del pasado año el procesado se encontraba tumbado desnudo en el pretil del Paseo de Eduardo Chillida cuando dos policías se acercaron a él y le pidieron que se vistiera, a lo que se negó.

«Sin intención lasciva»

A continuación, según declararon los agentes, comenzó a pasearse en público y a posar para ser fotografiado, «haciendo gala de su desnudez».
Sin embargo, la jueza considera que, aunque mostrara «una actitud chulesca, descarada y orgullosa», su comportamiento no tiene «nada que ver» con lo que el Código Penal inscribe en el delito de exhibicionismo, es decir, que es «absolutamente imprescindible que el sujeto tenga una intención lasciva, un claro propósito obsceno encaminado a satisfacer sus deseos sexuales».
«La actuación del acusado puede incomodar, molestar, violentar o incluso enfadar a los ciudadanos según sus creencias y sensibilidades, pero esto no significa sin más que su actuación puede ser calificada como delito», destaca.

Entiende que tampoco se dio un delito de desobediencia, ya que las conductas «de mera pasividad o negativa a obedecer son constitutivas de falta», en este caso leve porque no profirió «gritos violentos» ni hizo «gestos agresivos», ni tampoco dificultó la labor policial con una «resistencia activa».

La jueza advierte no obstante de que los agentes actuaron en el «ejercicio legítimo de sus funciones» para hacer cumplir la Ordenanza Municipal sobre Civismo, «al margen de si ésta es válida o no desde el punto de vista legal, como argumentó la defensa».
El fiscal había pedido para «Irwin» 17 meses de cárcel por un delito de desobediencia y otro de exhibicionismo ante menores, ya los hechos se desarrollaron en presencia de dos chicos de 13 y 16 años, cuya madre declaró en el juicio que en ningún momento el acusado hizo ademán de provocación sexual hacia los niños, y que ella no se sintió ofendida ni intimidada por su actitud.

El Tribunal Supremo creó una jurisprudencia muy, pero que muy peligrosa al considerar como falta o incluso delito la desobediencia a un policía, aunque lo que te pida sea una soplapollez, tenía sus motivaciones, como que tuvieran cierta libertad para actuar si las circunstancias así lo obligaban (negar el paso a un ciudadano ante una situación de peligro sin tener que motivarla, por ejemplo) pero con estos abusos policiales se ve que es peor el remedio que la enfermedad.

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